La trabajadora intimó al empleador a regularizar su situación cuando aquélla ya estaba trabajando para otra empresa. La Justicia consideró que su reclamo caería de base jurídica.
La Cámara Nacional del Trabajo confirmó la sentencia de grado por la cual se acogió la demanda que procuró el cobro de indemnizaciones por despido y otros créditos de naturaleza laboral. Para así resolver, luego de evaluar las pruebas de la causa, la "a quo" tuvo por justificado el despido indirecto de la actora.
Para ello, otorgó carácter "remuneratorio" a los beneficios otorgados por la empresa como el "uso de un automóvil particular", "viáticos sin rendición de cuentas", "uso de una tarjeta de crédito corporativa" y "telefonía celular". Asimismo, acogió la pretensión de la actora por un supuesto trato discriminatorio salarial y en razón del sexo, respecto de ingresos de otros empleados que, a su decir, revestían su misma jerarquía y cumplían las mismas funciones.
Sección: Noticias del día
Título: No vale trabajar a dos puntas
Fecha: 15-feb-2011
Cita: MJ-MJN-44142-AR
Título: No vale trabajar a dos puntas
Fecha: 15-feb-2011
Cita: MJ-MJN-44142-AR
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