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miércoles, 16 de noviembre de 2011

Terror en Corcovado: el viejo truco de los “excesos”

A contrapelo de lo que ocurre con las causas por violaciones a los derechos humanos en tiempos de la dictadura, el juicio oral por la intervención del GEOP (Grupo Especial de Operaciones Policiales) que sembró el terror durante 15 días en Corcovado, Chubut, caso en el que aún hay un desaparecido (o dos, si se cuenta a un prófugo sospechosamente esfumado) terminó en la insólita absolución del único imputado. El caso originalmente había sido caratulado como “delitos de lesa humanidad” por la Fiscalía conducida por Martín Zacchino, pero el poder judicial fue limando el proceso hasta llegar a este fallo con una recomendación a la policía para evitar lo que llamaron “excesos”.





El primer desaparecido es Luciano González, atrapado por el grupo de encapuchados y de quien nada ha vuelto a saberse desde aquel el 12 de marzo de 2009. La otra persona desaparecida es Cristian “Mai” Bustos: el patético intento policial por capturarlo terminó con dos muertos (un policía y un hermano de Bustos), otro hermano del prófugo parapléjico, el pueblo tomado durante dos semanas, y este prófugo que logró escapar misteriosamente de semejante despleigue. Su madre había dicho a lavaca: “Que no digan prófugo, que digan que lo agarraron y lo mataron. Aquí nunca va a haber justicia”.



El tribunal formado por los jueces Jorge Criado, Martín O’ Connor y Daniel Camilo Pérez cuestionó, eso sí, el uso de capuchas en los operativos policiales, que permitieron el absoluto anonimato del grupo de tareas. Para comprender el tono de la sentencia, es ilustrativo este párrafo publicado por el diario Jornada:


El juez O’Connor apreció que al irrumpir en la casa de Garcette, se lo encontró sentado en una silla mirando televisión, al no tirarse inmediatamente al piso, un uniformado lo ‘tiró de un culatazo al suelo a Ángel Ricardo Garcette y –mientras éste caía- le propinó un puntapié en la zona de la cintura, ocasionándole un hematoma de 2 por 3 centímetros.’ El juez se preguntó para qué la patada si con el culatazo del arma bastaba para reducirlo”.

Aquí publicamos todas las notas relacionadas con el caso, incluyendo el artículo completo editado en la revista Mu. Y este artículo enviado por el doctor Gustavo Macayo, abogado y vecino de Esquel, que desde un primer momento ayudó a difundir lo que estaba ocurriendo. En la misma, Macayo sostiene que “queda la fuerte sensación de que no hay Poder Judicial ni Ministerio Público Fiscal en Chubut que pueda hoy por hoy proteger a la ciudadanía” y que se abre un debate sobre la situación de los derechos humanos en Chubut “ante un estado que cada vez se parece menos a un Estado de Derecho”.
Corcovado: una herida que no cierra

(Por Gustavo Macayo*) En el día de hoy, 14 de noviembre de 2011, en horas de la mañana, el Tribunal Penal del Noroeste del Chubut constituido al efecto, en la Sala de Audiencias del 2º Piso del Edificio de Tribunales de Esquel, dio lectura al fallo definitivo por los cargos formulados por el Ministerio Público Fiscal y la Querella, respecto a los hechos protagonizados por el Grupo Especial de Operaciones de la Policía de Chubut (GEOP) en la localidad cordillerana de Corcovado en Marzo de 2009. El fallo fue absolutorio, respecto de todos los cargos, contra el único imputado en la causa: el comisario Miguel Gómez, responsable de la fuerza policial en ese momento. Esta causa fue inciada a raíz de numerosas denuncias de particulares damnificados, a raíz de las actuaciones realizadas por esa fuerza en la localidad de Corcovado en marzo del año 2009, en la infructuosa búsqueda del prófugo “Mai” Bustos.

El fallo del Tribunal concluyó con una serie de recomendaciones para el Ejecutivo Provincial, al que se remitirá la decisión judicial, a los fines de que el Gobierno pueda evaluar y corregir lo que los magistrados calificaron de “excesos policiales”, pero que no consideraron delitos.

Entre los considerandos del fallo, el tribunal expresó que el estado de alteración vivida por la comunidad influyó en los testimonios de las víctimas, que si bien no se los calificó como “falso testimonio”, se los valoró como inexactos o exagerados.

Asimismo, el fallo consideró que el Gobierno Provincial tendrá que reparar los daños materiales causados a las familias afectadas, así como responder por las costas del proceso.

El fallo fue oído por una concurrencia bastante numerosa, que incluyó a familias de Corcovado afectadas por el accionar policial, y también personal de la fuerza policial.

La resolución judicial fue recibida con profundo desagrado, indignación y también sorpresa por las familias afectadas por los hechos que concurrieron a la sala de audiencias del edificio de Tribunales.

Recordemos que la fuerza policial especial realizó una serie de procedimientos que fueron calificados como violentos e innecesarios por las numerosas vícitimas que realizaron denuncias ante el Ministerio Público Fiscal. Cabe destacar que no todas las denuncias llegaron a juicio, sino sólo aquellas que la Fiscalía consideró factibles de probar en el Debate.

Inicialmente, la Fiscalía calificó los hechos como “Delitos de Lesa Humanidad“, con lo que solicitó el pase de las actuaciones a la Justicia Federal. Este planteo fue rechazado por el Juez actuante, con lo que el proceso se desarrolló finalmente ante la Justicia local.

Durante dos semanas se realizaron distintas audiencias en el marco del juicio Oral y Público que se llevó adelante contra un único imputado, el Comisario Miguel Gómez. Entre otros testimonios se escuchó el del entonces Jefe de Policía de Provincia, Juan Luis Ale. Seis hechos de abuso de autoridad, cinco hechos de vejaciones y uno de privación ilegal de la libertad, fueron acusados por la Fiscalía y la Querella, con la solicitud de condena.

Esta reciente decisión judicial presenta un contraste muy fuerte con las fuertes condenas que sufrieron los otros protagonistas de los hechos, es decir, los integrantes de la familia Bustos, que ya fueron juzgados por la justicia local con anterioridad.

Quedan numerosos interrogantes sin resolver: en primer lugar, no aparece hasta ahora ningún responsable político por las decisiones de haber ordenado la actuación del GEOP en Corcovado, como tampoco por el desarrollo de los procedimientos en sí. Si bien el Tribunal cuestionó la existencia de personal policial encapuchado, no consideró que estos elementos configuren delito.

Otra de las cuestiones que quedan sin resolver, es por qué solamente fue imputado el comisario, ya que es evidente que de los hechos denunciados participaron numerosos efectivos, no solamente del GEOP, sino de otros sectores de la fuerza policial provincial.

Aún cuando no fue posible identificar a los responsables en el momento de los hechos, es razonable entender que la Policía Provincial tiene la obligación legal de aportar el listado completo del personal que participó de los operativos, que duraron varios días. Fue una falencia muy grande no haber llevado a todo el personal policial que estuvo en Corcovado en marzo de 2009 a Juicio Oral y Público, y que cada uno justifique se actuación.

Tampoco se puede ver hasta ahora quién responderá por los graves y numerosos daños morales sufridos por los vecinos y familias víctimas del accionar policial, donde debemos tener especialmente en cuenta la situación de menores, jóvenes, mujeres y personas de edad avanzada.

En síntesis, queda la fuerte sensación de que no hay Poder Judicial ni Ministerio Público Fiscal en Chubut que pueda hoy por hoy proteger a la ciudadanía ante el accionar desmedido de una fuerza policial, sea el GEOP o cualquier otra.

No caben dudas que después de este fallo, será inevitable que se abra una fuerte polémica sobre la situación de DDHH en Chubut, ante un estado que cada vez se parece menos a un Estado de Derecho.

* Abogado


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